Recibir una herencia es un proceso que, inevitablemente, conlleva una serie de trámites legales y fiscales que pueden resultar abrumadores. Es decir, lo típico de la burocracia. En estas situaciones, una de las preguntas más concretas tiene que ver con el pago de impuestos: ¿en Galicia hay que abonar el Impuesto de Sucesiones (ISD)? Si no lo tienes claro, sigue leyendo: desde Dompa Gestión, tu asesoría de confianza en Ourense, te confirmamos que no siempre hay que pagar. Pero conviene tener en cuenta todos los matices que abordamos a continuación.
Parentesco y bonificaciones autonómicas
La necesidad de pagar el ISD en Galicia depende de dos factores concretos: el grado de parentesco que tenías con la persona fallecida y el valor neto de los bienes heredados.
El Impuesto de Sucesiones grava la adquisición de bienes por herencia y el plazo para presentarlo es de seis meses desde el fallecimiento. Todos los herederos (incluidos legatarios y beneficiarios de seguros de vida) tienen la obligación legal de presentar la autoliquidación (Modelo 650), calculando el valor neto de los bienes menos las deudas.
Bonificaciones del Impuesto de Sucesiones en Galicia
La normativa fiscal de Galicia aplica importantes beneficios fiscales que, en la práctica, dejan exentos de pago a la gran mayoría de herederos directos:
- Grupos I y II (Familiares directos): Si eres descendiente (hijo, nieto menor o mayor de 21 años), ascendiente o cónyuge, te aplicas una bonificación del 100% en la cuota siempre que la herencia no supere el millón de euros por heredero.
- Otros grupos (Hermanos, tíos, sobrinos): Para parientes colaterales o grupos más lejanos, también existen límites exentos, aunque son menores (por ejemplo, 25.000 euros para colaterales).
¿Qué te recomendamos hacer en caso de heredar?
Aunque no tengas que pagar, la presentación de la autoliquidación es obligatoria para poder inscribir los bienes a tu nombre en los registros correspondientes. Este proceso se realiza utilizando el programa ALIS de la Axencia Tributaria de Galicia (ATRIGA), y requiere presentar documentos concretos como el certificado de defunción, el testamento y la relación de bienes.
Ten en cuenta que el Impuesto de Sucesiones es complejo y está sujeto a constantes cambios de criterios administrativos y sentencias, especialmente en temas como los pactos sucesorios o la valoración de empresas familiares. Por eso, para tu caso particular (sea por los importes, el parentesco o la existencia de pactos de mejora), te recomendamos que pidas siempre ayuda especializada.
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En Dompa Gestión, te ofrecemos un servicio integral de herencias y sucesiones, combinando el asesoramiento jurídico con la liquidación fiscal para garantizarte que pagues lo mínimo, siempre dentro del marco legal.
Por lo tanto, si necesitas comenzar el trámite de la herencia o deseas optimizar al máximo el impacto fiscal, contacta con nuestra asesoría de Ourense. Revisaremos tu documentación (escritura, testamento e ingresos) para ofrecerte una solución personalizada y sin errores.