Comprar, vender o simplemente ser propietario de un inmueble en Galicia tiene una serie de implicaciones fiscales que conviene conocer muy bien. Siendo más concretos, tres impuestos concentran la mayor parte de las dudas: el ITP, el IBI y la Plusvalía Municipal. Cada uno de ellos responde a una situación distinta y tiene su propia lógica de cálculo. Si también has tenido alguna duda al respecto, desde Dompa Gestión, tu asesoría fiscal en Ourense, te explicamos las claves para que no te pille ninguno por sorpresa.
ITP: el impuesto que aparece al comprar
El Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (ITP) grava la adquisición de inmuebles de segunda mano y su pago corresponde al comprador. En Galicia, el tipo general es del 8% sobre la base imponible, que es el valor de mercado; por ley, este se identifica con el valor de referencia catastral, salvo que el precio de adquisición sea superior, en cuyo caso prevalecerá este último. La normativa vigente establece tipos reducidos del 5% para jóvenes menores de 36 años, familias numerosas o monoparentales y personas con discapacidad (igual o superior al 65%), siempre que el inmueble se destine a su residencia habitual y se cumplan los límites de patrimonio establecidos. Asimismo, se aplica un tipo del 6% para viviendas situadas en zonas rurales o con baja densidad de población.
IBI: el impuesto anual de todo propietario
El Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI) es un tributo municipal de devengo anual que grava la propiedad de un inmueble a fecha 1 de enero. Su base imponible es el valor catastral y cada ayuntamiento fija el tipo impositivo dentro de los márgenes estatales (0,40% - 1,10%). En Galicia, el tipo medio ronda el 0,55%, con municipios como Ourense en la franja baja (0,45%). Dado que un error en los datos catastrales genera un sobrecoste recurrente, es vital verificar con nuestros asesores fiscales de Ourense que la valoración administrativa se ajusta a la realidad física del inmueble.
Plusvalía Municipal: quién paga y cuándo se puede recurrir
Por su parte, el Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (IIVTNU) grava la revalorización del suelo durante el periodo de tenencia. El sujeto pasivo es el transmitente en negocios a título oneroso (compraventa) y el adquirente en negocios a título gratuito (herencia o donación). Tras la reforma de 2021, la base imponible se determina mediante la opción más favorable para el contribuyente entre el método de estimación objetiva y el de plusvalía real. Asimismo, el impuesto es inexigible por no sujeción cuando se acredita, mediante los títulos de adquisición y transmisión, que la operación se ha realizado con pérdidas o inexistencia de incremento de valor. En el caso de Ourense, es vital verificar los coeficientes actualizados en la ordenanza fiscal municipal para optimizar la liquidación.
Asegúrate una buena planificación con nuestra asesoría fiscal en Ourense
Estos tres impuestos no actúan de forma aislada: una operación inmobiliaria puede activar varios a la vez y, sin la orientación adecuada, el coste fiscal puede ser muy superior al necesario. Por eso mismo, desde Dompa Gestión te animamos a que contactes con nosotros y dejes todos estos asuntos en manos de nuestros asesores fiscales de Ourense.